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BONOTAXI 2019

Convocatoria de bonotaxi para las personas con discapacidad y afectadas de graves dificultades de movilidad.


Información Adicional:
  • El objeto de la convocatoria se centra en facilitar medios de transporte accesibles dirigiéndose a aquellas personas gravemente afectadas en su movilidad y que no pueden hacer uso, con carácter general de los transportes públicos de la ciudad.
  • Se concreta en la concesión de una ayuda económica que en forma de vales o bonos, permita a los beneficiarios la utilización del servicio de taxi del municipio de Soria para sus desplazamientos personales.

Concejalía de Acción Social, Coop. e Igualdad del Ayuntamiento de Soria

Plaza Mayor, 1

42002 Soria

[email protected]  [email protected]

Tel: 975 240 949 - 51

Dirigido a:
Persona Física
Quién Puede Solicitar:

Personas con discapacidad y afectadas de graves dificultades de movilidad.

Órgano Gestor:
Acción Social
Cúando Solicitar:

Desde el 14 de marzo  y hasta el 15 de septiembre de 2019, tramitándose solicitudes nuevas mientras exista dotación económica en la consignación presupuestaria del presente año.

Inicio:

Instancia de Parte

Requisitos:

 

2.1.- Estar empadronado/a en el municipio de Soria.

 

2.2.- Las personas beneficiarias no podrán superar una renta per cápita anual familiar correspondiente al ejercicio 2017 superior a dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), vigente durante el año 2017 (7.519,59 €).

 

2.3.- Tener reconocida la condición legal de discapacitado (en grado igual o superior al 33 %) y encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

 

a) Tener un mínimo de 7 puntos de movilidad reducida o bien encontrarse en alguna de las situaciones descritas en los apartados A, B, C del Certificado de reconocimiento del grado de discapacidad y con impedimento para la utilización del transporte público colectivo.

b) Que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, dictaminada por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad.

 

2.4.- No ser titular de un vehículo adaptado.

 

2.5.- No encontrarse imposibilitado/a para realizar desplazamientos fuera de su domicilio habitual porque su estado de salud u otras causas lo impidan.

 

2.6.- No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas personas en quienes concurran alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

 

2.7.- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Soria, la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

 

NORMATIVA

 

- Bases convocatoria.

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a información pública y buen gobierno.

- Y demás normativa de general aplicación.

 

Presentación:

Registro General del Ayuntamiento de Soria

Plaza Mayor, 9

42002 Soria

Tlf: 975234100

Horario de lunes a viernes y de 9 a 14:00h

Plazo de Resolución:

Las concesiones y denegaciones se notificarán de manera expresa a los solicitantes.

Tramitación:
Presencial
Tema:
Subvenciones y Ayudas
Normativa:
Documentación:

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