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Resolución de Sanciones

INFORMACION PAGINA WEB NOTIFICACION DE RESOLUCIONES SANCIONADORAS EN TABLON DE EDICTOS DE SANCIONES DE TRAFICO (TESTRA)

1.- DIRECCIONES DE INTERES:

 

* AYUNTAMIENTO DE SORIA, Plaza Mayor, 7, 42002, Soria.

 

* OFICINA DE DENUNCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE SORIA, sita en Cuartel Policía Local de Soria, calle Obispo Agustín, 1, 42004 de Soria.

 

2.- TELEFONO Y FAX:

 

  • Teléfono de información de la Oficina de Denuncias, 975 23 39 72.
  • Fax, donde puede remitirse la identificación del conductor, 975 22 99 93,

 

3.- DISPOSICIONES LEGALES QUE SE CITAN EN MODO DE ABREVIATURA:

 

*LSV: Hace referencia a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobada por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, y cuya última modificación importante es dada por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre.

 

*RGC: Se refiere al Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se desarrolla el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, antes referida.

 

*RPST: Con estas siglas se hace referencia al Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero.

 

*LRJAPPAC: Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, aprobada por Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

 

*OMT: Hace referencia a la Ordenanza Municipal Reguladora de Tráfico, Aparcamiento, Circulación y Seguridad Vial, que fue publicada en el BOP de fecha 25.10.04.

 

4.- OTRAS ABREVIATURAS:

 

ARTº = Artículo. PTOS = Puntos a detraer. L = Calificación de la infracción como LEVE. G = Calificación de la infracción como GRAVE. MG = Calificación de la infracción como MUY GRAVE. OBS = Observaciones. (ALG) = Resolución que resuelve las alegaciones planteadas.

 

5.- COMPUTO DE PLAZOS:

 

El Edicto se mantendrá expuesto en el Tablón de Edictos de Sanciones de Tráfico (TESTRA) durante 20 DIAS NATURALES. Finalizado este plazo la notificación se tendrá por practicada, iniciándose a partir del día siguiente el cómputo de plazos para interponer recursos, pago de sanción, etc.

 

 

6.- PAGO DE LA SANCION:

 

El pago de la sanción se podrá efectuar:

 

1.- Personalmente en la Oficina de Denuncias del Ayuntamiento de Soria, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes excepto festivos.

2.- Mediante GIRO POSTAL, a nombre del Ayuntamiento de Soria – Oficina de Denuncias, en cualquier oficina de Correos, consignando al menos el número de Expediente, fecha de la denuncia y titular .

3.- Por TRANSFERENCIA BANCARIA, en la cuenta que el Ayuntamiento de Soria tiene al efecto en la CAJA RURAL PROVINCIAL DE SORIA, nº ES19-3017-0100-51-2047245721, consignando al menos el número de Expediente, fecha de denuncia y titular.

4.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de la *LSV, el plazo para abonar la sanción será de QUINCE DIAS NATURALES siguientes a la fecha de firmeza de la sanción.

5.- Vencido el plazo de ingreso establecido en el punto anterior sin que se hubiese satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio, incrementándose su importe hasta un 20 % más intereses legales establecidos. A tal efecto, será titulo ejecutivo la providencia de apremio notificada al deudor, expedida por el órgano competente del Ayuntamiento de Soria.

 

 

7.- RECURSOS: (Artº. 82 *LSV)

 

1.- La resolución es definitiva en vía administrativa pudiendo interponer potestativamente recurso de reposición, ante el Ilmo. Sr. Alcalde, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación. No se tendrán en cuenta en la resolución del recurso hechos, documentos y alegaciones que pudieran haber sido aportadas en el procedimiento originario.

2.- La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En caso de que el recurrente solicite la suspensión de la ejecución, ésta se entenderá denegada transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud.

3.- El recurso de reposición se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

4.- El recurso contencioso-administrativo podrá interponerlo directamente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación, ante el Juzgado de la misma Jurisdicción con sede en Soria o en la Comunidad de Castilla y León

5.- En caso de haber interpuesto recurso de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. En el caso de desestimación presunta el plazo de interposición será de seis meses y se contará desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse desestimado por silencio administrativo

 

8.- NOTAS DE INTERES:

 

1.- El expediente sancionador obra en la Oficina de Denuncias del Ayuntamiento de Soria, donde podrá obtener vista del mismo y/o copia si así lo solicita.

2.- Los datos de carácter personal contenidos en el Edicto, podrán ser incluidos en uno o más ficheros, bajo la responsabilidad de la Oficina de Denuncias de este Ayuntamiento, donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición.

3.- Para cualquier duda o aclaración puede contactar con el teléfono de la Oficina de Denuncias nº 975 23 39 72.

 

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